2 nov 2010
24 oct 2010
SOLIDARIDAD ESPAÑOLA ?
El engaño del código de barras catalán
Expliquemos un poco el tema. Como bien saben, cualquier producto que se comercialice debe llevar su correspondiente código de barras que lo identifique. Estos códigos lo solicitan las empresas fabricantes a los organismos autorizados para ello, normalmente uno en cada país.

PD. Aquí les dejo uno de estos nuevos códigos para que vayan familiarizándose con él y sepan qué productos se han fabricado en Cataluña.
MAS INFORMACION............................
16 oct 2010
TOMA DE DECISIONES EN NUESTRO NEGOCIO
8 oct 2010
EL CESE DE ACTIVIDAD ( El Paro del Autonomo? )
UPTA-ARAGÓN, junto con LA ASOCIACIÓN DE AUTÓNOMOS DEL CAMPO DE BORJA, interesados en divulgar la información, para que ningún autónomo/a, estén ajenos a un derecho, que aunque penoso, pero al fin y al cabo, un derecho de prestación por cese de su actividad definitivamente, no queden desamparados.************************************
Artículo 1º. Objeto de la protección
1. En aplicación de lo establecido en la Disposición Adicional Cuarta de la Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del Trabajo Autónomo, la presente Ley tiene por objeto regular el sistema específico de protección para los trabajadores autónomos que, pudiendo y queriendo ejercer una actividad económica o profesional a título lucrativo e incluidos en los niveles de protección recogidos en la presente Ley, hubieren cesado temporal o definitivamente en esa actividad, con arreglo a lo establecido en el artículo 5 de esta misma Ley.
2. El cese de actividad, incluido el que afecta al trabajador autónomo económicamente dependiente, habrá de ser total en la actividad económica o profesional que de forma habitual, personal y directa se viniere desempeñando y siempre que hubiere dado lugar al encuadramiento obligatorio en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, o en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar en las condiciones descritas en el siguiente artículo.
3. El cese de actividad podrá ser definitivo o temporal. El cese temporal comporta la interrupción por el trabajador autónomo, en los supuestos previstos en el artículo 5, de todas las actividades a la que se refiere el número anterior. SIGUE...............
Resumen de la Ley 32/2010 de un Sistema
Específico de Protección por Cese de Actividad
de los Trabajadores Autónomos
