19 feb 2009

GUIA PARA DARSE DE ALTA COMO AUTONOMO EN ESPAÑA (Inmigrantes)


Elegir el régimen fiscal y legal

Los dos estatutos legales que se utilizan con más frecuencia en España son:

1. profesional autónomo. Desde un punto de visto legal y fiscal es el régimen más sencillo. Es más adecuado para los profesionales cuyos importes brutos anuales no son muy elevados, ya que la presión fiscal es menor. No existe separación de capital personal y capital profesional por lo que la responsabilidad (profesional) es ilimitada y personal.

2. sociedad limitada. Este régimen implica, entre otras, una administración contable y fiscal más compleja. El capital personal de los accionistas está separado del capital de la sociedad por lo que la responsabilidad profesional está limitada al capital aportado. A partir de un cierto nivel de ingresos brutos anuales, es más ventajoso crear una sociedad desde un punto de vista fiscal.


En la actualidad, la mayoría de los expertos freelance de nuestra red en España están registrados como profesional autónomo, por lo que, a continuación, siguen algunos elementos básicos de este régimen.

Desde el punto de vista legal, fiscal y administrativo, el Régimen Especial de Autónomos es relativamente sencillo, si se compara con otras formas mercantiles como son la sociedad limitada o la sociedad anónima. Una desventaja de este estatuto es que la responsabilidad profesional del autónomo es ilimitada, lo que significa que en caso de problemas el autónomo responde con su patrimonio personal ante posibles daños causados por su actividad.




Darte de alta como autónomo

Para darte de alta como profesional autónomo, debes llevar a cabo los trámites en los correspondientes organismos:

Hacienda Pública:

Lugar: Administración local de Hacienda o, en su caso, Ayuntamiento.

Debes darte de Alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE) – Modelo 845 y también hay que efectuar el Alta en la declaración censal – Modelo 036 ó 034.

Para empezar, debes elegir el epígrafe en función de las actividades que vayas a realizar. Este epígrafe, a su vez, determina el importe del Impuesto de Actividades Económicas que debes pagar anualmente al Ayuntamiento en el que está registrada la actividad. Para la mayoría de los autónomos inscritos en la base de datos de Freelance.com España, la cantidad que se paga anualmente en concepto de IAE ronda las 20.000 – 25.000 pts durante los primeros 4 años al ser una cuota bonificada.

Está previsto que a partir de enero del 2003 el IAE desaparezca para la mayor parte de los profesionales freelance

Para las altas, es necesario que presentes una copia de tu DNI o de tu tarjeta de residencia, y, en su caso, la cartilla de la Seguridad Social para demostrar que, en anteriores ocasiones, has sido trabajador por cuenta ajena.

El número fiscal de los autónomos en España coincide con su Número de Identificación Fiscal (NIF) personal.

Instituto Nacional de la Seguridad Social

Lugar: Oficina local de la Seguridad Social

Es necesario que te des de Alta en Autónomos con la misma fecha que tu alta en el IAE.

En la actualidad (enero de 2002), la cuota mínima para trabajadores autónomos es de 205,54 €/mes.




El Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA)

Dependiendo de la actividad, el autónomo tiene la obligación de aplicar el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), que normalmente es de un 16%. Algunas actividades, como por ejemplo la formación, están exentas de IVA.

Es necesario efectuar declaraciones trimestrales de IVA y liquidar en la Agencia Tributaria la diferencia entre el IVA recibido (es el IVA que has recibido de tus clientes) y el IVA soportado (que has pagado cuando compraste productos o servicios).




El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)

También es necesario tener en cuenta el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y, dependiendo del caso, realizar declaraciones trimestrales o anuales.

El principio es sencillo: para calcular el importe de IRPF que debes pagar anualmente, primero, se determina tu base imponible. Esto es la diferencia entre tus ingresos brutos anuales (IVA excluido) y el total de los gastos deducibles que hayas tenido. Este importe también podría considerarse como el beneficio bruto de tu actividad. Como paso siguiente, se aplica a tu base imponible el porcentaje de IRPF correspondiente (según la tabla oficial) y el resultado es el importe a pagar.

Ten en cuenta que ciertos gastos profesionales son deducibles y, por lo tanto, reducen la base imponible. Ejemplos son equipos informáticos, material de oficina, gastos de telecomunicación, la cuota periódica de la seguridad social, la cuota anual de IAE, etc., siempre y cuando que estos gastos están relacionados con la actividad profesional.

Tus clientes (empresas, otros autónomos, ...) tienen la obligación de aplicar retenciones de IRPF a la hora de pagar tus facturas. Cada trimestre, estas empresas deben abonar la totalidad de IRPF retenido a Hacienda. Por lo tanto, estas retenciones pueden considerarse como una especie de pago adelantado de tu IRPF anual; estas retenciones se toman en cuenta a la hora de hacer tu Declaración anual de la renta.

El porcentaje de retención que se aplica al total de cada factura es, en la actualidad, de un 15% aunque si el profesional se ha dado de alta por primera vez, en ese ejercicio, y en los 2 ejercicios siguientes, la retención será el 7%.




Declaración anual de la renta

En principio, cada contribuyente, incluidos los profesionales autónomos, que haya obtenido ingresos brutos superiores al mínimo legalmente establecido tiene la obligación de realizar la Declaración anual de la renta. El importe a liquidar depende, entre otras cosas, de tus ingresos y tu situación personal y familiar. Puedes hacer esta declaración de forma individual o con el asesoramiento (normalmente no gratuito) de un asesor fiscal.




La administración de tu actividad

Dependiendo de la actividad, debes llevar un libro de visitas y, si dispones de un local al efecto, debes contar con la licencia de apertura correspondiente de tu Ayuntamiento y cumplir los requisitos necesarios.

La administración contable y fiscal del autónomo es relativamente sencilla. Debes llevar:
- un libro de facturas emitidas: son las facturas que envías a tus clientes para liquidar los servicios que has realizado;
-un libro de facturas recibidas: son las facturas por la compra de todos los productos y servicios que tienen una relación directa con tu actividad y que, a tal efecto, son admitidos por Hacienda como "gastos deducibles". Ejemplos son la compra de smaterial de oficina y gastos de teléfono para llamadas profesionales.
-un libro de bienes de inversión: por ejemplo, para la compra de un ordenador o un vehículo que necesitas para ejercer tu actividad.

Aunque existen muchas aplicaciones informáticas en el mercado para la gestión administrativa de las facturas, se puede realizar perfectamente con una sencilla hoja de cálculos estándar.

FUENTE:




No hay comentarios: