También es necesario tener en cuenta el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y, dependiendo del caso, realizar declaraciones trimestrales o anuales. El principio es sencillo: para calcular el importe de IRPF que debes pagar anualmente, primero, se determina tu base imponible. Esto es la diferencia entre tus ingresos brutos anuales (IVA excluido) y el total de los gastos deducibles que hayas tenido. Este importe también podría considerarse como el beneficio bruto de tu actividad. Como paso siguiente, se aplica a tu base imponible el porcentaje de IRPF correspondiente (según la tabla oficial) y el resultado es el importe a pagar. Ten en cuenta que ciertos gastos profesionales son deducibles y, por lo tanto, reducen la base imponible. Ejemplos son equipos informáticos, material de oficina, gastos de telecomunicación, la cuota periódica de la seguridad social, la cuota anual de IAE, etc., siempre y cuando que estos gastos están relacionados con la actividad profesional. Tus clientes (empresas, otros autónomos, ...) tienen la obligación de aplicar retenciones de IRPF a la hora de pagar tus facturas. Cada trimestre, estas empresas deben abonar la totalidad de IRPF retenido a Hacienda. Por lo tanto, estas retenciones pueden considerarse como una especie de pago adelantado de tu IRPF anual; estas retenciones se toman en cuenta a la hora de hacer tu Declaración anual de la renta. El porcentaje de retención que se aplica al total de cada factura es, en la actualidad, de un 15% aunque si el profesional se ha dado de alta por primera vez, en ese ejercicio, y en los 2 ejercicios siguientes, la retención será el 7%. |
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